La exención de guardias para una médica embarazada constituye un derecho de protección de su salud y la de su hijo. No puede recaer sobre la mujer embarazada unas consecuencias laborales y económicas que no han sido buscadas ni queridas por ella, ya que le vienen impuestas en relación a su maternidad.

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Ceuta, Viernes 18 de Septiembre del 2026

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